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Modificación de plazos de implantación y convergencia entre Factura Electrónica y Veri*Factu (Orden Ministerial y Nota Informativa del Ministerio de Hacienda)

Fecha: 06 de Octubre de 2026

Nos ponemos en contacto con usted para comunicarle una actualización de máxima relevancia en el ámbito tributario que afecta de manera directa a la gestión diaria y la digitalización de su negocio.

Modificación de plazos de implantación y convergencia entre Factura Electrónica y Veri*Factu (Orden Ministerial y Nota Informativa del Ministerio de Hacienda)

 

Nos ponemos en contacto con usted para comunicarle una actualización de máxima relevancia en el ámbito tributario que afecta de manera directa a la gestión diaria y la digitalización de su negocio.

 

  1. Publicación de la Orden HAC/1028/2026 y nuevos plazos legales

 

Con fecha de hoy, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden HAC/1028/2026, mediante la cual se regulan de forma oficial los aspectos técnicos y funcionales de la solución pública de facturación electrónica. Esta publicación activa formalmente el cómputo de los plazos legales para la implantación de la factura electrónica obligatoria en relaciones comerciales B2B (entre empresas y profesionales).

 

Simultáneamente, el Ministerio de Hacienda ha anunciado una reestructuración de los calendarios técnicos con el objetivo de hacer converger los sistemas y evitar la duplicidad de costes de adaptación para el tejido empresarial. A continuación, detallamos el impacto real y los nuevos plazos oficiales según su volumen de operaciones:

 

  • Grandes empresas (Facturación superior a 8 millones de euros): La obligación de expedir y recibir facturas electrónicas entrará en vigor de forma estricta en octubre de 2027 (un año tras la publicación de la orden). Adicionalmente, durante los primeros 12 meses deberán acompañar las facturas de un documento en formato PDF que garantice su legibilidad.
  • Pymes y autónomos (Facturación inferior o igual a 8 millones de euros): El plazo efectivo de implantación conjunta de la Factura Electrónica y el sistema de remisión de registros informáticos Veri*Factu se traslada a octubre de 2028 (dos años desde la publicación oficial de la orden).

 

  1. Aspectos técnicos y funcionales regulados

 

La normativa define los estándares rigurosos que marcarán el nuevo ecosistema digital:

 

  • Trazabilidad del ciclo de vida: El sistema obliga al destinatario a comunicar electrónicamente los estados de la factura, especificando de forma clara la fecha del pago efectivo completo o, en su caso, el rechazo de esta.
  • Codificación única: Cada documento contará con un código único estructurado mediante la combinación del NIF del emisor, la serie, el número y la fecha de expedición bajo la sintaxis del estándar europeo UBL.
  • Garantías técnicas: Las exigencias relativas a la integridad, inalterabilidad, trazabilidad y conservación de los registros informáticos de facturación se mantienen vigentes bajo los mismos parámetros de seguridad reglamentarios.

 

  1. Nota informativa del Ministerio de Hacienda (5 de octubre de 2026)

 

A fin de facilitar la transición, el Ministerio de Hacienda ha publicado una nota informativa de soporte que aclara la previsión de modificación de los plazos de aplicación pendientes derivados del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023) y su total convergencia con la factura electrónica:

 

  • Justificación del aplazamiento: Para favorecer la máxima convergencia posible, tanto desde el punto de vista normativo como técnico, se alinean los calendarios de implantación de ambas normativas para pymes y autónomos. Por lo tanto, se aplazan las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023 hasta octubre de 2028.
  • Convergencia y normativa europea (ViDA): Una vez aprobada formalmente dicha alineación de calendarios, se abordará una modificación centrada en converger los ámbitos de aplicación y ciertos aspectos técnicos, teniendo en cuenta los futuros requisitos de reporte digital derivados de la normativa europea ViDA (VAT in the Digital Age).
  • Mantenimiento de garantías de seguridad: Hacienda recalca de forma expresa que las exigencias en materia de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad del sistema original se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes a los previstos en el desarrollo normativo actual.

 

Recomendación estratégica y soporte

 

Esta prórroga y unificación de plazos concede un margen temporal idóneo para planificar la obligatoria transición digital de su empresa de manera ordenada, minimizando los riesgos operativos y optimizando las inversiones tecnológicas indispensables.

 

Quedamos a su entera disposición para cualquier aclaración o para guiarle en los pasos necesarios para adaptar sus sistemas informáticos y de facturación a este nuevo marco regulatorio obligatorio.

Nota legal: La presente circular se emite con carácter puramente informativo basándose en la normativa y notas oficiales publicadas por el Ministerio de Hacienda a fecha de octubre de 2026.

6 de Octubre 2026

 

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