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AUTONOMOS: DEL 1 DE SEPTIEMBRE AL 31 DE OCTUBRE, ULTIMA COMUNICACIÓN PARA ACTUALIZAR BASES

Fecha: 12 de Septiembre de 2023

En el primer año de vigencia del nuevo sistema de cotización del régimen Especial de Trabajadores Autónomos, recordamos que el 1 de septiembre se abrió el periodo de solicitud de cambio de bases de cotización, que finalizará el 31 de octubre de 2023 y te

AUTONOMOS: DEL 1 DE SEPTIEMBRE AL 31 DE OCTUBRE, ULTIMA COMUNICACIÓN PARA ACTUALIZAR BASES

 

En el primer año de vigencia del nuevo sistema de cotización del régimen Especial de  Trabajadores Autónomos, recordamos que el 1 de septiembre se abrió el periodo de solicitud de cambio de bases de cotización, que finalizará el 31 de octubre de 2023 y tendrá efectos a  partir del 1 de noviembre.

 

Como saben, el cambio sustancial de este año reside que todas las personas que trabajen por cuenta propia cotizarán en función de sus rendimientos netos anuales obtenidos durante el  ejercicio 2023.

 

Asimismo, recordamos que las bases mensuales elegidas cada año tendrán carácter  provisional hasta que se proceda a la regulación anual de la cotización.

 

Finalizado el año natural (2023), la Administración Tributaria facilitará a la Tesorería  información sobre los rendimientos anuales reales percibidos. De esta forma, la administración  de oficio notificará al trabajador autónomo las posibles diferencias de cuotas.

 

En caso de que la cuota prevista por el autónomo fuese inferior, se le notificará el importe de  la diferencia, que deberá abonar antes del último día del mes siguiente al que haya recibido la  notificación.

 

En cambio, si la cotización realizada fuera superior a la correspondiente a la base máxima del  tramo en el que estén comprendidos los rendimientos, la Tesorería reintegrará la diferencia antes del 30 de abril del ejercicio siguiente a aquel en el que la correspondiente administración tributaria haya comunicado los rendimientos computables.

 

Siendo el primer año de la vigencia del nuevo sistema, sería aconsejable adecuar la base de  cotización a los rendimientos netos que el autónomo ya en el ecuador del año ha obtenido y  que prevé para finalizar, y así ajustar al máximo las cuotas abonadas, de modo que la  regularización de oficio que la tesorería General de la Seguridad Social lleve a cabo no cause  una diferencia sustancial.

 

 

  12 de septiembre de 2023

 

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