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Fecha: 03 de Diciembre de 2024
Una entidad está obligada, entre otras razones, a auditar sus cuentas anuales cuando supere los límites establecidos reglamentariamente señalados en el artículo 257 del Real decreto legislativo 1/2010, de 2 de julio, Texto refundido de la ley de Sociedade
FRECUENTEMENTE MUCHAS EMPRESAS Y EMPRESARIOS SE HACEN LA PREGUNTA ¿CUÁNDO ESTOY OBLIGADO A AUDITAR MIS CUENTAS? CON ESTE BREVE ARTÍCULO TRATAMOS DE EXPLICAR, DE FORMA SENCILLA, CUÁNDO UNA EMPRESA ESTÁ OBLIGADA A AUDITAR SUS CUENTAS ANUALES
Una entidad está obligada, entre otras razones, a auditar sus cuentas anuales cuando supere los límites establecidos reglamentariamente señalados en el artículo 257 del Real decreto legislativo 1/2010, de 2 de julio, Texto refundido de la ley de Sociedades de Capital.
Los límites que suponen la obligación de auditar las cuentas anuales de una empresa, según la normativa mencionada, son que la empresa cumpla durante dos ejercicios consecutivos a la fecha del cierre de cada ejercicio, dos de los tres requisitos que se indican a continuación:
Recalcamos que se tienen que cumplir al menos 2 de los requisitos anteriores a la fecha de cierre del ejercicio, durante dos años continuados.
Adicionalmente, existen otros requisitos (no tan conocidos por la gente), los cuales obligan a empresas a auditar sus cuentas anuales, como son los criterios establecidos en el Reglamento de Auditoría (Real Decreto 1517/2011), que hacen obligatoria la Auditoría de Cuentas y que son los siguientes:
3 de diciembre de 2024