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PRORROGADOS LOS TIPOS REDUCIDOS DEL IVA PARA ALGUNOS ALIMENTOS

Fecha: 28 de Junio de 2024

El Real Decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio, ha adoptado, entre otras medidas, la prórroga en la reducción del IVA en ciertos alimentos para mitigar los efectos negativos de la inflación.

PRORROGADOS LOS TIPOS REDUCIDOS DEL IVA PARA ALGUNOS ALIMENTOS

 

El Real Decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio, ha adoptado, entre otras medidas, la prórroga en la reducción del IVA en ciertos alimentos para mitigar los efectos negativos de la inflación.

 

  • Tipo del 0 al 100: se prorroga hasta el próximo 30 de septiembre este tipo para los siguientes productos de alimentación:

 

  • El pan común, la masa de pan común congelada, el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
  • Las harinas panificables.
  • Leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
  • Los quesos, los huevos y fruta, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales.
  • Los aceites de oliva.

 

El tipo del recargo de equivalencia es también el 0 por 100.

 

  • Tipo del 2 por 100: a partir del 1 de octubre de 2024 el tipo del 0 por 100, para los productos anteriores, pasará a ser del 2 por 100 y el recargo de equivalencia del 0,26 por 100. Y a partir del 1 de enero de 2025 el tipo de estos productos será del 4 por 100 (incluidos los aceites de oliva).

 

  • Tipo de gravamen del 5 por 100: desde el 1 de julio de 2024 y hasta el 30 de septiembre de 2024, se aplicará este tipo a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos:

 

  • Los aceites de semillas.
  • Las pastas alimenticias.

 

El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,62 por 100.

 

  • Tipo de gravamen del 7,5 por 100: desde el 1 de octubre de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2024, se aplicará este tipo a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos:

 

  • Los aceites de semillas.
  • Las pastas alimenticias.

 

El tipo de recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 1 por 100.

 

28 de junio de 2024

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