Almacenamos o accedemos a información en un dispositivo, tales como cookies, y procesamos datos personales, tales como identificadores únicos e información estándar enviada por un dispositivo, para anuncios y contenido personalizados, medición de anuncios y del contenido e información sobre el público, así como para desarrollar y mejorar productos.
Con su permiso, podemos utilizar datos de localización geográfica precisa e identificación mediante las características de dispositivos. Puede hacer clic para otorgarnos su consentimiento a nosotros para que llevemos a cabo el procesamiento previamente descrito. De forma alternativa, puede acceder a información más detallada y cambiar sus preferencias antes de otorgar o negar su consentimiento. Tenga en cuenta que algún procesamiento de sus datos personales puede no requerir de su consentimiento, pero usted tiene el derecho de rechazar tal procesamiento. Sus preferencias se aplicarán en toda la web. Más información.

Reducir

ULTIMAS MEDIDAS URGENTES DEL GOBIERNO EN 2024 EN MATERIA DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha: 16 de Enero de 2025

El Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del día 24, incluye medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte y de Seguridad Social.

ULTIMAS MEDIDAS URGENTES DEL GOBIERNO EN 2024 EN MATERIA DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

 

 

El Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del día 24, incluye medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte y de Seguridad Social. Además, prorroga otras medidas para paliar situaciones de vulnerabilidad social, junto a otras económicas, tributarias y de transporte. La norma contempla medidas de Seguridad Social y empleo que entrarán en vigor en 2025, como la revalorización de las pensiones.

 

Todas estas medidas se resumen en:

 

Límite y Revalorización de Pensiones

 

  1. Límite máximo de pensiones públicas
  • Para 2025, el límite máximo será de 267,60 euros mensuales45.746,40 euros anuales, hasta la aprobación de los nuevos Presupuestos Generales del Estado.
  1. Revalorización de pensiones y prestaciones públicas
  • Incremento general: revalorización del 2,8% en las pensiones contributivas del sistema de Seguridad Social y en el Régimen Especial de Clases Pasivas.
  • Complemento de brecha de género: aumento hasta 35,90 euros mensuales, que incluye un aumento adicional del 5%.
  • Pensiones mínimas:revalorización en función del tipo de pensión, con detalles específicos.
  • Pensiones del SOVI:
    • No concurrentes con otras pensiones: 840 euros anuales.
    • Concurrentes con pensión viudedad: 610,40 euros anuales.
  • Pensiones no contributivas:aumento hasta los 905,80 euros anuales.
  • Prestaciones familiares no contributivas:
    • Por hijo a cargo con discapacidad ≥65%: 805,60 euros anuales.
    • Por discapacidad ≥75%: 707,20 euros anuales.
  1. Incremento de otras prestaciones específicas:
  • Subsidio de movilidad: 1.002 euros anuales (+2,8%).
  • Prestaciones de orfandad por violencia de género: Vinculadas al aumento del SMI.

 

Actualización de Bases de Cotización

 

  1. Bases máximas de cotización:
  • Incremento del 4%, alcanzando 909,5 euros mensuales(58.914 euros anuales).
  1. Nuevo recargo de solidaridad para salarios que excedan la base máxima:
  • Primer tramo:exceso de hasta el 10% por encima de la base máxima: 0,92%.
  • Segundo tramo:entre el 10% y el 50% del exceso: 1%.
  • Tercer tramo:más del 50% del exceso: 1,17%.
  1. Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI):
  • Cotización adicional del 0,8%del salario bruto mensual (0,67% empresa; 0,13% trabajador).

 

Medidas para autónomos

 

  1. Cotización simplificada:
  • Los autónomos con sistemas intercooperativos de prestaciones sociales complementariasestarán exentos de la regularización de cuotas y podrán elegir bases de cotización iguales o superiores a la base mínima del tramo 1 de la tabla general.
  1. Pluriactividad:
  • Los autónomos con actividad simultánea por cuenta ajena tendrán derecho al reintegro del 50% del exceso en cotizaciones por contingencias comunes si superan los 672,66 euros anuales, con un tope del 50% de las cuotas ingresadas como autónomo.

 

Expedientes de Regulación Temporal de Empleo

 

  1. Condiciones para exenciones en cotizaciones:
  • Obligación de mantener el empleo entre 6 meses y 2 años tras la finalización del ERTE.
  • En caso de incumplimiento, las empresas deberán reintegrar las exoneraciones recibidas, con recargos e intereses de demora.

 

Otras medidas relevantes

 

  1. Prórroga de medidas laborales vinculadas a ayudas públicas:
  • Prohibición de despidos:las empresas beneficiarias de ayudas públicas no podrán justificar despidos por aumento de costes energéticos hasta el 31 de diciembre de 2025.
  1. Salario Mínimo Interprofesional:
  • Prórroga del SMI de 2024mientras se aprueba el correspondiente a 2025.

 

Entrada en vigor

 

Estas medidas entraron en vigor el 25 de diciembre de 2024, salvo las relacionadas con las pensiones públicas y bases de cotización, que tendrán efectos desde el 1 de enero de 2025.

 

16 de enero de 2025

Etiquetas de la sección