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LOS AUTONOMOS QUE QUIERAN PRORROGAR LA TARIFA PLANA DEBEN SOLICITARLO PREVIAMENTE

Fecha: 27 de Noviembre de 2025

Los trabajadores autónomos que estén disfrutando de su primer año de tarifa plana y deseen acogerse a un segundo año deberán, además de cumplir ciertos requisitos, solicitarlo de forma expresa antes de que acabe el primer año. En caso contrario, perderán

LOS AUTONOMOS QUE QUIERAN PRORROGAR LA TARIFA PLANA DEBEN SOLICITARLO PREVIAMENTE

 

 

Los trabajadores autónomos que estén disfrutando de su primer año de tarifa plana y deseen acogerse a un segundo año deberán, además de cumplir ciertos requisitos, solicitarlo de forma expresa antes de que acabe el primer año. En caso contrario, perderán el derecho a continuar con la bonificación  

 

La tarifa plana para trabajadores autónomos consiste en 2025 en una cuota reducida de 87,60€ mensuales (80€ más el 0,80% del Mecanismo de Equidad Intergeneracional sobre la base mínima) durante los primeros 12 meses de alta inicial o emprendimiento en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Esta bonificación está disponible para quienes no hayan estado de alta en los dos años anteriores (o tres años si ya se disfrutó previamente de esta reducción). 

 

Una vez finalizado el primer año, es posible prorrogar la tarifa plana durante otros 12 meses, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Ahora bien, la solicitud de prórroga no es automática y debe realizarse con carácter previo al inicio del segundo periodo. 

 

      Los requisitos para acceder a la prórroga son los siguientes: 

 

  • Rendimientos netos anuales inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) Para 2025, este umbral se sitúa en 15.876 € anuales(1.134 € mensuales en 14 pagas). 
  • Presentación de una declaración responsableen la que se prevea que los ingresos netos no superarán el SMI durante el segundo año. 
  • Solicitud dentro del plazo establecido, es decir, antes de que finalice el primer año de disfrute de la tarifa plana. No se admiten solicitudes fuera de plazo. 

 

      Para los autónomos con discapacidad, la prórroga podrá ampliarse hasta el tercer año.  

 

Es importante que los autónomos que estén próximos a cumplir su primer año de actividad revisen sus previsiones de ingresos. Si se estima que los rendimientos netos estarán por debajo del SMI, deben anticiparse y presentar la solicitud antes de que venza el primer periodo. De lo contrario, perderán el derecho a continuar con la bonificación, y la cuota se regularizará conforme a la normativa vigente. 

 

La prórroga se aplica desde el día siguiente a la finalización del primer año, y en caso de que los ingresos superen el SMI durante el segundo periodo, la Seguridad Social podrá regularizar las cuotas correspondientes a los meses afectados. 

 

27 de noviembre de 2025

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