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IMPUESTO SOBRE HIDROCARBUROS EN SEPTIEMBRE BAJA 20 CENTIMOS EL GASOLEO Y 5 CENTIMOS LA GASOLINA

Fecha: 10 de Septiembre de 2026

A raíz del conflicto bélico en Oriente Medio y de las tensiones generadas en los mercados energéticos, el Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, estableció una reducción temporal y escalonada de los tipos impositivos del Impuesto sobre Hidrocarburos du

IMPUESTO SOBRE HIDROCARBUROS

EN SEPTIEMBRE BAJA 20 CENTIMOS EL GASOLEO Y 5 CENTIMOS LA GASOLINA

 

 

            

A raíz del conflicto bélico en Oriente Medio y de las tensiones generadas en los mercados energéticos, el Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, estableció una reducción temporal y escalonada de los tipos impositivos del Impuesto sobre Hidrocarburos durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2026.

 

Con carácter general, la reducción prevista inicialmente era de 15 céntimos de euro por litro durante julio, 10 céntimos durante agosto y 5 céntimos durante septiembre. No obstante, el propio Real Decreto-ley estableció una cláusula de salvaguardia para aquellos supuestos en los que se produjera un incremento significativo de los precios de los carburantes.

 

En aplicación de dicha cláusula, y como consecuencia del incremento del 15,7 % experimentado por el precio del gasóleo de automoción en julio, la reducción aplicable al gasóleo durante el mes de septiembre se incrementa hasta los 20 céntimos de euro por litro.

 

Por el contrario, el incremento registrado en julio en el caso de las gasolinas fue del 7,3 %, por debajo del umbral establecido en la norma, por lo que en septiembre se mantiene la reducción ordinaria de 5 céntimos de euro por litro.

 

Esta situación supone, por tanto, una modificación respecto de la reducción inicialmente prevista para septiembre, especialmente relevante para las estaciones de servicio y para los consumidores de gasóleo de automoción.

 

La activación de la cláusula de salvaguardia responde a la evolución registrada en julio. El mecanismo previsto en el Real Decreto-ley no contempla que la inflación de agosto pueda generar una nueva ampliación de las reducciones.

 

Septiembre es, en principio, el último mes de aplicación de este régimen temporal, por lo que el 30 de septiembre finalizará la reducción extraordinaria prevista, salvo que antes se apruebe una nueva disposición que la prorrogue.

 

 

 

10 de septiembre de 2026

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