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Fecha: 22 de Octubre de 2026
El 5 de octubre entraron en vigor las nuevas obligaciones de información de las empresas sobre los elementos esenciales de la relación laboral, obligaciones reguladas por el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, publicado el día 15.
NUEVAS OBLIGACIONES DE INFORMACION EN LOS CONTRATOS DE TRABAJO
El 5 de octubre entraron en vigor las nuevas obligaciones de información de las empresas sobre los elementos esenciales de la relación laboral, obligaciones reguladas por el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, publicado el día 15.
El contrato de trabajo amplia la información que deberá incluir sobre condiciones pactadas, a fin de garantizar seguridad jurídica.
Estas obligaciones se aplicarán, con carácter general, a todas las relaciones laborales sujetas al Estatuto de los Trabajadores cuya duración supere las cuatro semanas, ya sea en el contrato de trabajo o en un documento complementario cuando no conste en el mismo.
En este sentido, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha publicado un modelo orientativo de documento informativo sobre elementos mínimos que deben figurar en los contratos, así como modelos de contrato de trabajo.
Estos son los elementos mínimos que deberán incluir los contratos de trabajo:
En determinadas materias expuestas, se podrá seguir informando mediante una referencia expresa al convenio colectivo o a la normativa laboral aplicable, dicha referencia ha de permitir identificar claramente la regulación correspondiente.
Asimismo, los trabajadores contratados antes del 5 de octubre pasado podrán solicitar la información adicional prevista en la nueva normativa y la empresa deberá facilitarla en un plazo de 30 días hábiles desde la recepción de la solicitud.
22 de octubre de 2026