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CAMBIOS EN EL METODO DE ESTIMACION OBJETIVA DEL IRPF Y EN EL IVA PARA 2025: PRINCIPALES NOVEDADES

Fecha: 13 de Diciembre de 2024

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 30 de noviembre la Orden HAC/1347/2024, que regula el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añ

CAMBIOS EN EL METODO DE ESTIMACION OBJETIVA DEL IRPF Y EN EL IVA PARA 2025: PRINCIPALES NOVEDADES

 

 

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 30 de noviembre la Orden HAC/1347/2024, que regula el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) para el ejercicio 2025. Esta norma introduce importantes novedades y mantiene algunas medidas beneficiosas para los contribuyentes. Son las siguientes:

 

  • Mantenimiento de los signos, índices o módulos y reducción del rendimiento neto:

 

Para el próximo ejercicio, se mantienen las cuantías de los signos, índices o módulos que determinan el rendimiento de las actividades económicas. Asimismo, se conserva la reducción del 5 % sobre el rendimiento neto, una medida que ya había sido aplicada en ejercicios anteriores.

 

  • Segregación del índice de cuota devengada para aceites de oliva:

 

El aceite de oliva, considerado producto de primera necesidad en el ámbito del IVA, se incluye ahora como actividad específica en el índice de cuota devengada por operaciones corrientes, adaptándose a las necesidades del sector.

 

  • Actualización de módulos por la bajada de tipos impositivos del IVA:

 

En consonancia con las reducciones de tipos impositivos del IVA aprobadas a lo largo de 2024, determinados módulos se han revisado para reflejar estos cambios y ajustarse a las condiciones del mercado actual.

 

  • Reducción del 25 % para actividades en zonas afectadas por la DANA:

 

Se incorpora una reducción del 25 % sobre el rendimiento neto de los módulos y el importe de las cuotas devengadas por operaciones corrientes para aquellas actividades económicas desarrolladas en términos municipales afectados por la DANA. Esta medida, prevista también para 2024, refuerza el apoyo a los contribuyentes que operan en áreas gravemente afectadas por fenómenos climáticos adversos.

 

Les adjuntamos a continuación el listado de actividades comprendidas en la estimación objetiva.

 

13 de diciembre de 2024

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