Almacenamos o accedemos a información en un dispositivo, tales como cookies, y procesamos datos personales, tales como identificadores únicos e información estándar enviada por un dispositivo, para anuncios y contenido personalizados, medición de anuncios y del contenido e información sobre el público, así como para desarrollar y mejorar productos.
Con su permiso, podemos utilizar datos de localización geográfica precisa e identificación mediante las características de dispositivos. Puede hacer clic para otorgarnos su consentimiento a nosotros para que llevemos a cabo el procesamiento previamente descrito. De forma alternativa, puede acceder a información más detallada y cambiar sus preferencias antes de otorgar o negar su consentimiento. Tenga en cuenta que algún procesamiento de sus datos personales puede no requerir de su consentimiento, pero usted tiene el derecho de rechazar tal procesamiento. Sus preferencias se aplicarán en toda la web. Más información.

Reducir

FACTURA ELECTRONICA OBLIGATORIA: QUE SE HA APROBADO Y CUANDO ENTRA EN VIGOR

Fecha: 04 de Mayo de 2026

El Boletín Oficial del Estado (BOE), del 31 de marzo, publicó el Real Decreto 238/2026, que regula la facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales.

FACTURA ELECTRONICA OBLIGATORIA:

QUE SE HA APROBADO Y CUANDO ENTRA EN VIGOR

 

 

            El Boletín Oficial del Estado (BOE), del 31 de marzo, publicó el Real Decreto 238/2026, que regula la facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales. 

 

Se trata de una medida prevista desde hace tiempo, cuyo objetivo principal es digitalizar los procesos de facturación, mejorar el control de los plazos de cobro y reducir la morosidad en las operaciones comerciales. 

 

 ¿Qué se ha aprobado? 

 

La normativa establece que, en el futuro, las facturas entre empresas y profesionales deberán emitirse y recibirse de forma electrónica, dejando fuera el papel y los formatos no estructurados (como el PDF enviado por correo). 

 

Para ello: 

 

  • Se crea un sistema de facturación electrónica común en España. 
  • Existirá una plataforma pública gratuita, desarrollada por la Agencia Tributaria. 
  • También podrán usarse plataformas privadas, siempre que estén conectadas entre sí y cumplan determinados requisitos.

 

  1. ¿Cómo afecta a empresas y profesionales?

 

Cuando la norma sea aplicable: 

 

  • Las facturas deberán emitirse electrónicamente en las relaciones con otros empresarios o profesionales. 
  • Se informará no solo de la emisión de la factura, sino también de su aceptación y del pago efectivo, lo que permitirá un mejor control de los plazos de cobro. 
  • Será necesario adaptar, en mayor o menor medida, los sistemas de facturación y gestión administrativa. 

 

  1. ¿Cuándo entra en vigor?

 

El Real Decreto entra en vigor el 20 de abril de 2026, pero la obligación de facturar electrónicamente no será inmediata

 

La aplicación será escalonada y dependerá de la aprobación de una orden ministerial (actualmente en tramitación) que concretará los aspectos técnicos.  

 

  • Empresas y profesionales con más de 8 millones de euros de facturación: obligación a los 12 meses desde la aprobación de dicha orden. 
  • Resto de empresas y profesionales: obligación a los 24 meses. 
  • Como fecha orientativa para el primer grupo se calcula el 1 de octubre de 2027.  

 

  1. Próximos pasos

 

Aunque todavía hay margen, se recomienda empezar a valorar cómo afectará este cambio a los procesos de facturación. 

 

Asimismo, hay que tener en cuenta que esta normativa es independiente de la normativa Verifactu que regula los softwares de facturación y cuya entrada en vigor a priori está fijada para inicios de 2027. 

 

4 de mayo de 2026

 

Etiquetas de la sección