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Fecha: 21 de Abril de 2020
Existe una gran variedad de impuestos locales y autonómicos que, a veces, no se les presta la debida atención, puesto que los grandes impuestos, el Impuesto sobre Sociedades (IS), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o el Impuesto sobre la Renta de la
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IAE) Y OTROS IMPUESTOS LOCALES Y AUTONÓMICOS
ANTE LA CRISIS DERIVADA DEL COVID-19
Existe una gran variedad de impuestos locales y autonómicos que, a veces, no se les presta la debida atención, puesto que los grandes impuestos, el Impuesto sobre Sociedades (IS), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Renta), focalizan nuestro interés principal.
No obstante, los impuestos locales, ya sea Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) o el propio Impuestos sobre Bienes Inmuebles (IBI), entre otros, tienen sus específicos criterios de gestión y liquidación y se encuentran muy condicionados por las normativas locales.
Por lo que refiere a los impuestos autonómicos, a raíz de la crisis del COVID-19, además del Estado, las Entidades Locales o las propias Comunidades Autónomas han ido introduciendo cambios al flexibilizar los períodos de liquidación de estas figuras tributarias.
Adjuntamos informe elaborado por el Registro de Economistas Asesores Fiscales del Consejo General, donde se recogen, a fecha de hoy, las diferentes normas promulgadas en cada Comunidad Autónoma, al objeto de intentar tener una visión global de un tema que no es fácil.
En lo que se refiere al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre el Patrimonio, el primero parcialmente cedido a las Comunidades Autónomas, de momento no tenemos modificaciones notables, a la espera de que el Estado concrete medidas en este ámbito que puedan llevar a las Autonomías a introducir modificaciones en lo que se refiere a los plazos de presentación y pago. Es recomendable en este sentido, en estos momentos en los que ya no se puede planificar, tener en cuenta las medidas tributarias aprobadas y anunciadas motivadas por la crisis sanitaria COVID-19.
21 de abril de 2020