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INFORMACIÓN NO FINANCIERA

Fecha: 11 de Noviembre de 2020

El 29 de diciembre de 2018 se publicó la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, la ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.

 

INFORMACIÓN NO FINANCIERA


Antecedentes


Información No Financiera


El 29 de diciembre de 2018 se publicó la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, la ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.


Es una transposición de la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre esta materia.


Esta ley amplía el número de organizaciones obligadas a presentar el estado de información no financiera (EINF) frente al Real Decreto-Ley 18/2017, de 24 de noviembre, que limitaba la obligación a determinadas entidades de interés público.


Informes Integrados


El auténtico valor se produce cuando toda la información se integra en un solo documento, relacionando la estrategia, los riesgos y las oportunidades, con la gestión y el desempeño financiero, así como con aspectos de carácter social, medioambiental, económico, tributario, financiero, así como con aspectos de carácter social, medioambiental, económico, tributario, de consumo de recursos y de gobierno corporativo, lo que da lugar a un informe integrado.


Norma UNE 19602 de Compliance Tributario


El compliance Tributario trata de un estándar para ayudar a las empresas y otro tipo de organizaciones a prevenir y gestionar los riesgos tributarios como respuesta de la sociedad civil para avanzar en relación cooperativa en materia tributaria.


Objetivos


La citada ley busca que las organizaciones aumenten la sostenibilidad y la confianza de los inversores, los consumidores y la sociedad en general; y puedan medir, supervisar y gestionar su rendimiento y el impacto que tales riesgos comportan para la sociedad y prevengan, mitiguen y/o atenúen los riesgos no financieros identificados, no sólo en la propia organización, sino también en sus cadenas de suministros y subcontratación.


Sin perjuicio de los dispuesto en la Ley 11/2018, diversas entidades europeas y españolas de referencia en dicha materia recomiendan la preparación del EINF y/o Informes Integrados por parte de todas las organizaciones, aun cuando no estén obligadas según normativa, por las ventajas y beneficios que comporta:


➢ Les permite mostrar que su visión y estrategia se alinean con principios de negocio responsable y en materia medioambiental y social de conformidad con los objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
➢ Acceder a líneas de financiación para proyectos nacionales, europeos e internacionales.
➢ Obtener nuevos socios de negocio.
➢ Atraer nuevos consumidores y clientes.
➢ Atraer y retener talento.
Además, hay que tener en cuenta que este 2020, dentro del nuevo “Green Deal” Europeo se ha iniciado la modificación de la directiva en materia de EINF para incluir a más entidades dentro de su ámbito de aplicación, dejando entrever una tendencia a generalizar la obligación de contar con un EINF.
Observamos que dada la nueva normativa y requerimientos de información, es de vital importancia la presentación de los EINF no sólo en las sociedades mercantiles sino también en fundaciones, asociaciones, entidades públicas y otras organizaciones.


11 de noviembre de 2020

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