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Fecha: 30 de Marzo de 2020
Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020, por el que se aprueban las características del primer tramo de la línea de avales del ICO para las empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del COVID-19
ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DE 24 DE MARZO DE 2020, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS CARACTERÍSTICAS DEL PRIMER TRAMO DE LA LÍNEA DE AVALES DEL ICO PARA LAS EMPRESAS, AUTÓNOMOS Y PROFESIONALES PARA PALIAR LOS EFECTOS DEL COVID-19
El RDL 8/2020, de 17 de marzo, de las medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, establecía una serie de medidas para preservar la normalidad de los flujos de financiación y los niveles de circulación y liquidez, para así permitir que empresas y autónomos continúen abonando los salarios de los empleados y las facturas a proveedores, manteniendo la actividad económica.
El artículo 29 del RDL 8/2020, preveía una línea por importe máximo de 100.000 millones de euros para la cobertura de financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos.
Sin haberse, hasta el día de hoy, aprobado la suspensión del pago de impuestos, se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020, por el que se aprueban las características del primer tramo de la línea de avales del ICO para las empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del COVID-19, publicada en el Boletín Oficial del Estado de hoy.
En síntesis, el primer tramo de la línea de avales ascenderá a un importe de 20.000 millones de euros, de los cuales se ha dividido en dos subtramos:
✓ 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos para autónomos y pymes.
✓ 10.000 millones de euros para los que no reúnen la condición de pymes.
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital avalará la financiación otorgada por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos a empresas y autónomos para paliar los efectos en su actividad como consecuencia del COVID-19.
Los avales del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital serán gestionados a través del Instituto de Crédito Oficial.
La línea de avales tiene por objetivo cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovaciones concedidas por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiaciones derivadas, entre otros, de pago de salarios, facturas, necesidades de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.
Características de los préstamos elegibles para ser avalados por el Estado:
✓ Préstamos y otras operaciones otorgadas a empresas y autónomos que tengan domicilio social en España y se hayan visto afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que:
o Los préstamos y operaciones hayan sido formalizados o renovados con posterioridad al 17 de marzo de 2020.
o Los acreditados no figuren en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019.
o Los acreditados estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020, bien por haber prestado solicitud de declaración de concurso, o por darse las circunstancias a que se refiere el artículo 2.4 de la Lay 22/2003, de 9 de julio, Concursal, para que el concurso sea solicitado por sus acreedores.
o Importe máximo del préstamo por cliente:
o Fuentes de financiación de las operaciones:
o Plazo de solicitud de avales:
o Derechos y obligaciones de las entidades financieras:
30 de marzo de 2020