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LAS EMPRESAS, OBLIGADAS A INFORMAR SOBRE SU PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES

Fecha: 19 de Octubre de 2022

En 2004, se aprobó la Ley por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, la cual ha sido modificada a lo largo de años, de modo que han ido aumentando las obligaciones de información de las empresas en relaci

LAS EMPRESAS, OBLIGADAS A INFORMAR SOBRE SU PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES

 

En 2004, se aprobó la Ley por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, la cual ha sido modificada a lo largo de años, de modo que han ido aumentando las obligaciones de información de las empresas en relación con el período de pago a proveedores.

 

Esta normativa fue modificada de nuevo por la Ley 18/2022, de 28 de septiembre de creación y crecimiento de empresas, que entrará en vigor el próximo 19 de octubre de 2022.

 

Dicha normativa obliga de forma expresa a las sociedades mercantiles a informar en la memoria de sus cuentas anuales sobre el periodo medio de pago a sus proveedores, información que aumenta en comparación con la obligación existente hasta ahora.

 

Hasta la entrada en vigor de la Ley 18/2022, el contenido de la información a asumir está recogido en la resolución de 29 de enero de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales sobre el periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales.

 

La información a suministrar, según dicha resolución, resulta más extensa para aquellas empresas que formulan sus cuentas anuales bajo formato normal (1), que aquellas empresas que las formulan bajo formato abreviado o aplican el Plan General de Contabilidades de PYMES.

 

Cuentas anuales bajo formato normal

 

 

 

N (Ejercicio actual)

N-1 (Ejercicio anterior)

 

Días

Días

Periodo medio de pago a proveedores

 

 

Ratio de operaciones pagadas

 

 

Ratio de operaciones pendientes de pago

 

 

 

Importe (euros)

Importe (euros)

Total pagos realizados

 

 

Total pagos pendientes

 

 

 

 

Cuentas anuales bajo formato abreviado o PGC de PYMES

 

 

N (Ejercicio actual)

N-1 (Ejercicio anterior)

 

Días

Días

Periodo medio de pago a proveedores

 

 

 

 

               A partir del 19 de octubre, con la entrada en vigor de la Ley 18/2022, las sociedades mercantiles que no presenten cuentas anuales abreviadas aportarán en la memoria de sus cuentas anuales la siguiente información:

 

 

Periodo medio de pago a proveedores.

 

  • El volumen monetario y número de facturas pagadas en un periodo inferior al máximo establecido en la normativa de morosidad, y
  • El porcentaje que suponen sobre el número total de facturas y sobre el total monetario de los pagos a sus proveedores

 

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas indicará en una resolución las adaptaciones que sean necesarias para la aplicación adecuada de la metodología de cálculo del período medio de pago a proveedores determinada por el Ministerio de Hacienda y Función Pública.

 

Este mayor requerimiento de información a suministrar obligará a hacer un mayor esfuerzo a las sociedades para cumplir con dicha obligación.

 

Formato CCAA

Normal

Abreviada

Pyme

Total Activo

> 4 millones €

< 4 millones €

< 2,85 millones €

Importe neto de la cifra de negocios

> 8 millones €

< 48millones €

< 5,7 millones €

Nº medio de trabajadores

> 20

< 50

< 50

 

 

  19 de octubre de 2022

 

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