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Fecha: 19 de Agosto de 2026
El pasado 30 de julio de 2026 se publicó, en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto 632/2026, de 29 de julio, mediante el cual se modifica la normativa reguladora de la anticipación de la edad de jubilación para personas trabajadoras con discapaci
NOVEDADES EN MATERIA DE JUBILACION ANTICIPADA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR AL 45%
El pasado 30 de julio de 2026 se publicó, en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto 632/2026, de 29 de julio, mediante el cual se modifica la normativa reguladora de la anticipación de la edad de jubilación para personas trabajadoras con discapacidad.
La reforma incorpora nuevas patologías susceptibles de generar este derecho y actualiza determinados supuestos ya existentes, reforzando la protección social de las personas afectadas.
La modificación a la que se hace referencia tiene como objetivo reforzar la protección social de las personas trabajadoras con discapacidad igual o superior al 45% que sigan ejerciendo una actividad laboral, ampliando las enfermedades que pueden dar acceso a la jubilación anticipada cuando concurren circunstancias que afectan de forma significativa a la esperanza de vida.
Entre las principales novedades, se incorporan once nuevas patologías al listado oficial de discapacidades que pueden dar lugar a la reducción de la edad de jubilación:
La norma amplía el ámbito de la lesión medular, incluyendo tanto los supuestos de origen traumático como los de origen no traumático, con el fin de mejorar la clasificación y coherencia del catálogo de patologías que permiten el acceso a la jubilación anticipada.
Esta modificación entró en vigor el 31 de julio de 2026.
19 de agosto de 2026