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Fecha: 09 de Noviembre de 2020
El Gobierno de España decretó de nuevo el estado de alarma el domingo 25 de octubre, mediante el Real Decreto 926/2020, con el fin de restringir la movilidad nocturna y así, contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-Cov-2.
ULTIMAS MEDIDAS PARA HACER FRENTE A LA COVID-19
El Gobierno de España decretó de nuevo el estado de alarma el domingo 25 de octubre, mediante el Real Decreto 926/2020, con el fin de restringir la movilidad nocturna y así, contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-Cov-2.
La limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno se establece entre las 23:00 y las 6:00 horas, pero permite que sean las comunidades autónomas las que, en una horquilla de 22:00 a 00:00 y de 5:00 a 7:00, fijen el inicio y fin de la restricción de movilidad.
Todas estas resoluciones tienen una incidencia en el tejido empresarial que empezaba lentamente a activarse después de la finalización del estado de alarma anterior.
Por este motivo, será preciso recurrir al Real Decreto-Ley 30/2020, de prórroga de los ERTES para todas aquellas empresas que se vean afectadas por estas medidas, y que requieran un ajuste en sus plantillas.
Por último, aunque la pandemia ha dejado en un segundo plano a los concursos de acreedores, muchas empresas deben plantearse un análisis de la situación financiera y de solvencia de la misma de cara a tomar decisiones en el futuro.
9 de noviembre de 2020